Ecología

VALORES MÁXIMOS ADMISIBLES DE ALCANTARILLADO EN RESTAURANTES

La normatividad, problemática y solución sobre valores máximos admisibles para restaurantes fue abordada en un curso de Sedalib y el Colegio de Ingenieros.

El objetivo fue concientizar a los dueños de comercios sobre la importancia del cuidado de las instalaciones sanitarias, tanto las propias como las públicas; reteniendo, retirando, reusando y/o disponiendo adecuadamente los residuos sólidos y/o líquidos en los rellenos sanitarios y no en los sistemas de alcantarillado.

Se expuso sobre la normatividad de los Valores Máximos Admisibles (VMA), problemática del vertimiento de aceites y grasas en los colectores, toma de muestras de análisis de ensayos, muestras inopinadas, de partes y dirimentes, entre otros

Asimismo, se instruyó acerca del diseño y construcción de sistemas de pretratamiento para restaurantes, servicios de mantenimiento de trampas de grasa de acuerdo a la normatividad ambiental peruana y educación sanitaria.

Se explicó que el Decreto Supremo N° 010-2019-VIVIENDA del Reglamento de Valores Máximos Admisibles (VMA) para las descargas de aguas residuales no domésticos hacia el sistema de alcantarillado sanitario. El artículo tres de la mencionada norma referido al ámbito de aplicación, se establece que es de obligatorio cumplimiento por parte del usuario no doméstico lo establecido. 

Cabe señalar que Sedalib realiza constantemente inspecciones inopinadas en los locales de las unidades no domésticas. En caso de incumplimiento del Decreto Supremo actuará de acuerdo a ley, aplicando   acciones correctivas severas, acotó finalmente el gerente general de dicha empresa.