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MTC RECUERDA A RADIODIFUSORES COMERCIALES CUMPLIR CON LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL Y EL PAGO DE LA TASA ANTES DEL 30 DE ABRIL

Medida aplica a titulares de estaciones de radio y televisión con fines comerciales en todo el país.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), en su rol de autoridad responsable de promover un sector de radiodifusión ordenado, formal y transparente, recuerda a los titulares de estaciones de radio y televisión con fines comerciales en que tienen plazo hasta el 30 de abril de 2025 para presentar su declaración jurada anual de ingresos y realizar el pago correspondiente a la tasa por la explotación comercial del servicio de radiodifusión sonora y televisiva.

Esta obligación, contemplada en el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, permite al Estado mantener actualizada la información sobre los ingresos generados por este servicio, lo que contribuye al fortalecimiento del marco regulatorio y a una mejor supervisión del sector.

En el caso de los titulares que operan más de una estación de radio o televisión con fines comerciales, la declaración debe realizarse de manera consolidada, a través de un único formulario. Cabe precisar que esta disposición no aplica a quienes prestan servicios de radiodifusión educativa o comunitaria.

El monto a pagar equivale al 0.5 % del ingreso bruto declarado por la prestación del servicio y tiene una periodicidad mensual y anual. Para facilitar el cumplimiento de esta obligación, el MTC ha habilitado diversas opciones. Los administrados pueden presentar su declaración jurada ingresando al Sistema de Declaración en Línea (https://sso.mtc.gob.pe/MTC.STS/Login), utilizando su usuario y contraseña. En caso de no contar con credenciales, pueden registrarse fácilmente en el mismo portal.

También se encuentra disponible el formulario (Anexo 2: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/312394/Anexo_2.pdf) en formato digital, que puede descargarse, llenarse, escanearse y remitirse a través de la Mesa de Partes Virtual del MTC.

El pago de la tasa puede realizarse en la caja de la sede central del MTC o en cualquier agencia del Banco de la Nación, usando el número de transacción 3711 o 9170, junto con el número de RUC del radiodifusor. La entidad enviará un correo electrónico con las indicaciones para el pago correspondiente.

El MTC exhorta a los titulares de servicios de radiodifusión comercial a cumplir con estas disposiciones dentro del plazo establecido a fin de evitar recargos. En caso de no presentarse la declaración jurada dentro del plazo, se procederá al cobro de la tasa anual con un incremento del 25 %, tomando como referencia la última declaración presentada. Si esta no registra ingresos o no fue presentada, se considerará el monto mayor de los últimos tres años, también con un recargo del 25 %. Si no existiera ninguna declaración previa, se aplicará el promedio de ingresos reportado por otros titulares que operan en la misma banda y localidad, sumando también un 25 % adicional.